Ser agente Inmobiliario
Comenzamos en esta actividad diría casi por casualidad. En realidad, cuando nos mudamos desde Argentina en 2002 a causa de la crisis del 2001, la del corralito, teníamos representaciones de Alimentos producidos en Argentina, que ofrecimos a los Hoteles. Esto derivó en aceptar el ofrecimiento de venta de Hoteles y devenir en Brokers Hoteleros que allá por el 2015 integraron la actividad Inmobiliaria en la cual nos hallamos inmersos hoy.
Ha sido un camino muy interesante y del cual, el aprendizaje obtenido sumamente enriquecedor, tanto en lo profesional como en lo personal. En este largo recorrido hemos conocido personas increíbles que han colaborado en convertirnos en mejores conocedores de la realidad Inmobiliaria de Mallorca, que por cierto, tiene su propia complejidad intrínseca.
Sin duda poder transitar esas complejidades ha sido todo un reto, del cual hemos salido airosos, aunque a veces con algunas magulladuras.
Nuestro objetivo ha sido siempre brindar un servicio con calidad y responsabilidad, ya que consideramos, que la adquisición de un activo inmobiliario ya sea a nivel personal como con destino a la inversión, no es comprarse un par de zapatos. En cuanto a esto siempre intento no apartarme de la máxima de Steve Jobs: “.. sé una vara de medir la calidad. Algunas personas no están acostumbradas a un entorno en el que se espera la excelencia”….
Las complejidades las que hago referencia muchas pueden considerase hasta pintorescas, pero muchas son producto de la falta de profesionalidad de algunos actores involucrados en este sector. Muestra de ello es que en España no hay una Ley que regule la actividad del agente inmobiliario a nivel Nacional, donde se establezcan los requisitos mínimos de educación para desarrollarla en todo el territorio del país, como sucede en otros países. En pocas palabras cualquier persona puede ejercer la actividad inmobiliaria, aunque carezca de aptitud profesional para ello, debido a que no es una competencia del Estado de la Nación regularla, sino que son las Comunidades Autónomas las que tienen la competencia para ello. En este aspecto la pionera en el tema ha sido Catalunya, que desde el año 2010 posee un Registro Obligatorio de Agentes Inmobiliarios dependiente de la Generalitat exigiendo a sus Colegiados un mínimo nivel de FP de 200 hs, solvencia económica y seguro de RC. Asimismo, el Registro es obligatorio en Extremadura y Valencia, en tanto las CCAA de Canarias, Navarra, Madrid, Murcia, País Vasco la inscripción es totalmente voluntaria, mientras que en Aragón, Castilla y León, Castilla La Mancha, Asturias, Cantabria, La Rioja y Galicia siguen en la dulce espera y en tanto Baleares aún no ha definido si su carácter será voluntario u obligatorio y Andalucía ha fracasado por considerarlo inconstitucional. Así las cosas, así está dada la situación del ejercicio de la Profesión de Agente Inmobiliario al día de hoy en España.
Sin duda éste no es un tema menor, ya que, si consideramos que la Actividad Inmobiliaria representó en 2022, según el INE el 11,41% del PIB Español, y en Octubre de 2023 hubo un total de transferencias de dominio de 167.771 activos, es decir un 9,5% más que en Setiembre de 2023 pero un -0,8% que igual período del año anterior, estimamos deberían estar en manos altamente profesionalizadas. Sería como decir que el 11,41% del destino español está en manos no especializadas, un universo demasiado extenso para ser dejado librado al azar.
Estimamos que existen demasiados intereses en juego para que el pleno Siglo XXI sigamos en esta situación, aunque si lo comparamos dentro del contexto mundial actual esto sí se transforma en un tema menor.
No obstante, todos los temas menores terminan integrando y conformando los temas mayores que finalizan definiendo un contexto nacional y mundial, como la cantidad de granos de arena que forman un desierto ó el fondo del mar, con lo cual es totalmente necesario darles una solución más que inmediata.
Ya lo reconoce la Constitución Española en su Art. 47 y en la que se fundamenta la Ley 12/2023 del 24 de Mayo (nueva Ley de Vivienda) el derecho básico que representa la vivienda, independientemente del valor económico y poder adquisitivo de cada ciudadano, para dejar que dichos derechos puedan ser manipulados por personas sin conocimientos y/o entidades especulativas con pocos o ningún escrúpulo.
Sin duda se trata de un tema que ha dado y da que hablar mucho e imagino seguirá dando que hablar, quién sabe hasta cuando, mientras tanto, en medio de tanto parloteo se podría ir bajando al plano de lo concreto medidas que amparen no solo a los compradores y vendedores sino además a los mismo Agentes Inmobiliario y que redundará en beneficio del interés general y de la comunidad toda.